🟦 MEMORIAL DE PRESENTACIÓN
CONSULTA POPULAR CONSTITUYENTE Bogotá, D.C., [fecha de radicación]
Señores: Registraduría Nacional del Estado Civil Consejo Nacional Electoral
Referencia: Solicitud de activación del mecanismo de Consulta Popular de carácter constituyente, conforme al artículo 103 de la Constitución Política de Colombia y la Ley 134 de 1994.
El suscrito, Germán Gustavo Rodríguez Valencia, ciudadano colombiano identificado con cédula de ciudadanía n.º [●], en ejercicio del derecho fundamental a la participación política directa, me permito presentar formalmente el siguiente:
🟨 PROYECTO DE CONSULTA POPULAR CONSTITUYENTE
Objeto: Someter a decisión ciudadana, mediante votación directa, los veintitrés (23) mandatos estructurales orientados a la restauración ética, democrática, territorial y agraria de la República, con vocación constituyente.
🟦 EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La actual arquitectura institucional de Colombia ha sido capturada por lógicas de fragmentación, simulación y regresión democrática. Las estructuras departamentales y municipales han perdido su vocación representativa; el Congreso ha sido cooptado por intereses ajenos al mandato popular; la justicia se ha centralizado hasta volverse inaccesible; y la soberanía alimentaria ha sido sacrificada en favor de modelos extractivos y especulativos.
Frente a esta crisis estructural, las comunidades subregionales —limítrofes, vecinas y circunvecinas— han decidido activar el poder constituyente desde abajo, mediante una Consulta Popular que no reforma: refundamenta. Esta propuesta no busca ajustar el modelo vigente, sino reconfigurarlo desde las subregiones, con órganos propios, redistribución funcional, justicia descentralizada y una estrategia agraria que garantice seguridad alimentaria, empleo productivo y soberanía territorial.
Los veintitrés (23) mandatos que se someten a consulta han sido estructurados con lenguaje normativo directo, trazabilidad constitucional y legitimidad ciudadana. Cada uno responde a una necesidad concreta: restaurar la ética pública, democratizar el poder, descentralizar la justicia, reactivar el territorio y garantizar la paz social.
Esta Consulta Popular se fundamenta en el artículo 1 de la Constitución, que consagra la soberanía del pueblo, y en el artículo 103, que reconoce la consulta como mecanismo legítimo de participación directa. Su activación no es una opción: es una exigencia ética, jurídica y territorial.
Solicito respetuosamente que se inicie el trámite correspondiente para la validación, aprobación y convocatoria de la presente Consulta Popular Constituyente, conforme a los procedimientos establecidos por la ley.
Suscribe con respeto, Germán Gustavo Rodríguez Valencia [Datos de contacto]
🟦 CONSULTA POPULAR CONSTITUYENTE
Mandatos para la Restauración Ética, Democrática y Territorial de la República
🟨 A. MANDATOS PARA LA RESTAURACIÓN ÉTICA Y MORAL DE LA REPÚBLICA
1. Declárase la anulación de la personería jurídica de los partidos y movimientos políticos que tengan al menos el cinco por ciento (5%) de representación en corporaciones públicas y cuyos miembros estén vinculados a la parapolítica, corrupción, narcotráfico o terrorismo.
2. Derógase la reelección presidencial en cualquier modalidad.
3. Suprímese la Vicepresidencia de la República.
4. Créase la figura del Primer Ministro, quien presidirá el Gobierno Nacional, el Consejo de Ministros y el Ministerio de Gobierno o de la Política. 4.1. Será elegido por el Congreso de terna presentada por el partido o movimiento con mayor número de congresistas. 4.2. Tendrá a su cargo la concertación de la agenda legislativa, la ejecución del programa de gobierno y la política exterior.
🟨 B. MANDATOS PARA LA RESTAURACIÓN DEMOCRÁTICA DE LA REPÚBLICA
1. Ratifícase la Constitución Política de 1991 y deróganse todas las reformas introducidas hasta la fecha de esta Consulta Popular.
2. Suprímese el modelo de democracia representativa. Adóptase la democracia participativa, ejercida por los ciudadanos a través de sus organizaciones sociales, territoriales, gremiales, comunitarias, étnicas, laborales, juveniles, de mujeres, de población especial y de usuarios de servicios públicos esenciales.
3. Fusiónase el Congreso en una sola Cámara. Serán elegidos cuatro (4) miembros por cada Subregión conformada por municipios de zonas departamentales vecinas entre sí de tres o más departamentos.
4. Otórgase al nuevo Congreso funciones constituyentes delegatarias por un período de dos (2) años, a partir de su instalación un mes después de su elección.
5. Ordénase la elección popular directa de Plenipotenciarios ante organismos internacionales latinoamericanos y tercermundistas, con vocación federal e intrarregional. Serán designados los dos (2) candidatos al Congreso de cada Subregión con mayor votación.
6. Adóptase la elección popular directa de todos los miembros de la Rama Judicial Nacional, incluyendo Corte Constitucional, Corte Suprema de Justicia, Consejo de Estado y Consejo Superior de la Judicatura.
7. Créanse las Cortes Comunitarias Subregionales, a las que se descentralizan funciones de las Cortes Nacionales.
8. Créanse Empresas Mixtas de Utilidad Pública, entre entidades estatales y consorcios sociales, para la gestión de servicios esenciales: alimentación, salud, educación, vivienda, electrificación, acueducto, etc.
9. Ordénase la elección popular directa del Contralor General y del Contador General de la Nación.
10. Suprímense la Procuraduría General de la Nación y el Defensor del Pueblo. Adscríbanse sus funciones a la Fiscalía General de la Nación, que deberá asumir la defensa activa de la soberanía popular, la protección de los derechos ciudadanos frente a toda forma de delincuencia —institucional, económica, política, social o armada— y la vigilancia del cumplimiento ético de los mandatos constitucionales.
11. Créase la Corte Electoral Subregional, como órgano autónomo de vigilancia, organización, control y jurisdicción electoral en cada Subregión. Esta Corte asumirá las funciones del Consejo Nacional Electoral en el ámbito subregional, garantizará la transparencia de los procesos electorales, resolverá controversias en materia de participación política y será reglamentada por el Congreso Constituyente.
12. Convóquense elecciones generales a Presidencia, Congreso, Asambleas Regionales, Concejos Económicos Subregionales y Juntas Administradoras Locales, en una sola vuelta, dentro de los próximos cuatro (4) meses.
13. Créanse las Regiones como nuevas entidades territoriales. Suprímense los departamentos. Créanse las Asambleas Regionales, adscritas a las Regiones, con seis (6) miembros por Subregión. El Congreso Constituyente definirá cada Región por mayoría simple en una sola vuelta.
14. Créanse las Subregiones, con los municipios de zonas internas y fronterizas limítrofes, vecinas y circunvecinas. Suprímense los municipios.
15. Créase la figura del Prefecto o Alcalde Subregional, con sus respectivas Secretarías. El Congreso Constituyente reglamentará su composición.
16. Créanse los Concejos Económicos Subregionales, que asumirán las funciones de los concejos municipales suprimidos. Su composición será equivalente a la de los Distritos Especiales existentes.
17. Adóptase una nueva estrategia de Reforma Agraria:
17.1. La Nación asignará de inmediato dos (2) millones de hectáreas a cada Subregión Interna y/o Fronteriza, para garantizar seguridad alimentaria, producción verde y generación masiva de empleo productivo.
17.2. Elimínese la política de compra de tierras a grandes propietarios rurales con subsidios estatales.
17.3. Créanse Corporaciones de Desarrollo Comunitario para impulsar el desarrollo de los subsectores del sector primario.
17.4. Adóptese la política del Contrato de Fiducia Civil, con administración en confianza a 25 años entre Empresas Mixtas de Utilidad Pública y los Ministerios y entidades del sector.
🟨 C. MANDATOS PARA LA PAZ SOCIAL Y POLÍTICA DE LA REPÚBLICA
1. Ordénase la realización de un Acuerdo Humanitario y la negociación del conflicto interno conforme al Derecho Internacional Humanitario.
2. El nuevo Congreso nombrará una Comisión de Congresistas, integrada por tres (3) miembros, para coordinar las negociaciones de paz.
3. Levántanse las restricciones impuestas por el Gobierno Nacional a la Corte Penal Internacional, permitiendo su operación inmediata en el país.
4. Anúlanse todas las normas y actos administrativos que desjudicialicen la toma violenta de tierras o legalicen la prescripción de tierras de la Nación en favor de particulares y en perjuicio de víctimas del conflicto.
5. Anúlese el Tratado de Libre Comercio con los Estados Unidos, por ser contrario al interés nacional y beneficiar exclusivamente a grandes empresarios nacionales y extranjeros.
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