¿QUÉ PASARÁ SI EL CNE NIEGA LA PERSONERÍA AL PACTO? HABLA EL PRESIDENTE ...
¡LA DEMOCRACIA NO SE SUSPENDE POR OMISIÓN INSTITUCIONAL!
Consorcio solidario
12:03 p.m. (hace 3 minutos)
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Desde CONSOLIDE S.A. hemos presentado coadyuvancia ciudadana y solicitud de amparo transitorio ante el Consejo de Estado, denunciando la omisión del CNE frente
a la solicitud de fusión y personería jurídica del Pacto Histórico, radicada desde el 13 de junio.
CNE-E-DG-2025-020875
🔎 El expediente está empantanado, sin número de radicado publicado, sin trazabilidad procesal, y con riesgo de daño irreparable a los derechos políticos de millones de
Colombianos.
Bogotá, Septiembre 1° de 2025
SEÑOR MAGISTRADO DEL CONSEJO DE ESTADO
Sala de lo Contencioso Administrativo – Sección Quinta
Referencia: Coadyuvancia ciudadana y solicitud de amparo transitorio en tutela interpuesta contra el Consejo Nacional Electoral por omisión en el trámite de solicitud de fusión y personería jurídica del Movimiento Político Pacto Histórico.
Yo, Germán Gustavo Rodríguez Valencia, jurista, defensor institucional y gerente general de CONSOLIDE S.A., en ejercicio del derecho fundamental a la participación política y en defensa del principio de publicidad procesal, me permito presentar coadyuvancia indirecta en la acción de tutela interpuesta por la precandidata Carolina Corcho y otros ciudadanos, en
relación con la omisión del Consejo Nacional Electoral frente a la solicitud de fusión y reconocimiento jurídico del Movimiento Pacto Histórico.
📌 Contexto actual
Desde el 13 de junio, la solicitud de fusión y personería jurídica del Pacto Histórico está
empantanada en el despacho del magistrado Altus Baquero.
A pesar de que se han surtido las pruebas, no hay pronunciamiento, y el plazo para inscribir candidaturas vence el 29 de septiembre
2 . La precandidata Carolina Corcho, junto con otros líderes, ha interpuesto
coadyuvancias y alertado sobre el riesgo de daño irreparable a los derechos políticos de millones de colombianos vinculados a los movimientos políticos de Izquierda y Progresistas
3 . Incluso el presidente Petro ha calificado la dilación como “golpe brutal contra la democracia”
CNE-E-DG-2025-020875
I. Hechos notorios
1. El día 13 de junio de 2025 fue radicada ante el Consejo Nacional Electoral la solicitud de fusión y personería jurídica del movimiento Pacto Histórico, conforme a los requisitos legales y constitucionales.
2. A la fecha, dicha solicitud no ha sido resuelta, y no se ha publicado el número de radicado
correspondiente, impidiendo el control ciudadano, la coadyuvancia procesal y la presión ética.
3. La omisión del CNE pone en riesgo la inscripción de candidaturas para la consulta popular del 26 de octubre de 2025, afectando derechos fundamentales como la participación, la igualdad y la asociación.
4. La precandidata Carolina Corcho ha hecho pública la interposición de tutela ciudadana contra el CNE, solicitando coadyuvancia ante el riesgo de daño irreparable.
5. La falta de respuesta del Consejo de Estado frente a esta tutela, y la ausencia de trazabilidad procesal, configuran un patrón de simulación institucional que vulnera el principio de publicidad y el acceso efectivo a la justicia.
II. Fundamentos jurídicos
• Artículo 40 de la Constitución Política: derecho a participar en la conformación, ejercicio y control del poder político.
• Artículo 23: derecho de petición, vulnerado por la omisión institucional.
• Artículo 86: procedencia de la acción de tutela ante amenaza de derechos fundamentales.
CNE-E-DG-2025-020875
• Artículo 7 del Decreto 2591 de 1991: amparo transitorio ante amenaza grave e inminente.
• Jurisprudencia constitucional sobre hechos notorios como base legítima para la coadyuvancia ciudadana (Sentencia T-131 de 2013, entre otras).
III. Solicitudes
1. Que se admita esta coadyuvancia ciudadana como expresión legítima de defensa colectiva ante la omisión institucional del CNE.
2. Que se ordene al despacho correspondiente la publicación inmediata del número de radicado de la tutela interpuesta, en cumplimiento del principio de publicidad procesal.
3. Que se habilite un canal público para la intervención ciudadana, conforme al artículo 13 del Decreto 2591 de 1991.
4. Que se conceda amparo transitorio, ordenando al CNE permitir la inscripción provisional de candidaturas del Pacto Histórico, mientras se resuelve la tutela principal.
5. Que se adopten medidas urgentes para evitar la preclusión de términos constitucionales y el daño irreparable a los derechos políticos de los ciudadanos.
Firma:
CNE-E-DG-2025-020875
Germán Gustavo Rodríguez Valencia
Cédula de Ciudadanía: 17161524 de Bogotá
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